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domingo, 28 de febrero de 2016

Los Tiempos reclama que en el caso de G.Zapata se ha violado la Ley. su detención ha sido ordenada por el Ministro de Gobierno suplantando funciones del Ministerio Público (La Fiscalía) o el Organo Judicial (algún Juez) por otro lado. un grave problema político y represivo

La decisión de ir por fuera de las normas no sólo que es intolerable en un Estado democrático, sino que, además, puede profundizar la desconfianza que ha generado el caso de Camce y la señora Zapata
La detención de Gabriela Zapata por instrucción del Ministerio de Gobierno es un hecho que viola la Constitución Política del Estado (CPE) y la normativa penal del país, así sea que después un fiscal se haya avenido a emitir un mandamiento en su contra bajo la acusación de legitimación de ganancias ilícitas y para evitar una probable fuga, luego de que en un primer momento el Fiscal General del Estado negara que se haya emitido instructivo alguno.
Los incisos III y VI del Artículo 23 de la CPE establecen que nadie “podrá ser detenido, aprehendido o privado de su libertad, salvo en los casos y según las formas establecidas por la ley. La ejecución del mandamiento requerirá que éste emane de autoridad competente y que sea emitido por escrito y que “los responsables de los centros de reclusión (…) no recibirán a ninguna persona sin copiar en su registro el mandamiento correspondiente”.
Hay que recordar que la mencionada ciudadana mantuvo una comprobada relación sentimental con el Primer Mandatario (que hasta ahora genera contradictorias declaraciones) y fue funcionaria ejecutiva de la empresa china Camce, la que ha sido beneficiada con la adjudicación de varios contratos con el Estado por montos que sumados alcanzan más de 500 millones de dólares
Sobre esa base se denunció un presunto tráfico de influencias, por lo que se conformó una Comisión plural en la Asamblea Legislativa para investigar el caso. Pese a ello, y sin informar ni coordinar con sus miembros, el Ministerio de Gobierno instruyó la acción represiva, justificándola en que habría sido solicitada por el Ministerio de Transparencia; es decir, el Órgano Ejecutivo ha asumido, mediante los ministerios de Transparencia y Gobierno, funciones que constitucionalmente corresponden al Órgano Judicial y al Ministerio Público.
No menos importante es anotar que la acusación del Gobierno es por legitimación de ganancias ilícitas y posibilidad de fuga, dejando el tema del tráfico de influencias a la mera retórica. Es decir, se trata de un procedimiento típico de dictadura que al ocurrir en un sistema democrático genera profundo temor por el rumbo que puede seguir la administración del Estado.
Resumiendo, estamos ante una violación de la CPE en un caso que provoca mucha susceptibilidad y preocupación en la ciudadanía tanto por el método utilizado para la aprehensión de Zapata, como porque está en desarrollo la investigación congresal para determinar si hubo o no tráfico de influencias y abrir el proceso penal respectivo.
En ese escenario, la decisión de ir por fuera de las normas no sólo que es intolerable en un Estado democrático, sino que, además, puede profundizar la desconfianza que ha generado el caso de Camce y la señora Zapata, que afecta no sólo al Primer Mandatario, sino a varias autoridades del Órgano Ejecutivo en el nivel central y en regiones como Cochabamba, donde a Camce se ha adjudicado partes de la construcción de obras en Misicuni, en un proceso que, conforme se conoce, provoca nuevas y mayores dudas.
Es pues fundamental aclarar este caso, pero hacerlo en los marcos que fija la ley y no la voluntad de los eventuales poderosos.

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