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martes, 15 de febrero de 2011


la justicia "evista" trampea contra Erick Fajardo en juicio mañoso

Juristas cochabambinos coinciden en que el juicio al analista político Erick Fajardo, ex vocero de Manfred Reyes Villa, está plagado de vicios procesales y aseguran que no sobreviviría a un control de constitucionalidad independiente, o, una auditoría convencional, pero advierten también una hábil celada política del Gobierno para mantener fuera del país a uno de los últimos estrategas de la oposición.

Para el asesor de Convergencia Nacional, Alex Brañez, notificaciones “fantasma”, fiscales con íntima relación con el Ejecutivo y la anulación del juicio en apelación caracterizaron el proceso, mientras que para el ex asesor legal de la ex Prefectura de Cochabamba, Kristian Arrázola, el proceso transgrede principios constitucionales y convenciones internacionales sobre debido proceso.

Sin embargo, ambos prevén que se le impondrá un defensor de oficio para consumar el juicio en su ausenciay consideran que la mejor respuesta es que esta vez Fajardo “trabaje para sí mismo” y presente en Washington una petición individual ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, objetando la improbidad y ausencia de independencia de jueces y fiscales.

“El fin último es sacar provecho de la ausencia del imputado para ejecutar una rebeldía y una aprehensión que alimenten la presunción de su culpabilidad, mientras se instala el juicio oral y se busca sentenciarlo en ausencia”, dijo el jurista Alex Brañez.

IRREGULARIDADES

Según Brañez, el juicio fue encargado al fiscal Mauricio Julio Quintana, sobrino del ex Ministro de la Presidencia Juan Ramón Quintana mientras que el abogado acusador y Secretario de la ex Prefectura Camilo Medina, terminó siendo nombrado Fiscal de Distrito durante el juicio, tras lo cual el Ministerio Público dictó acusación contra Fajardo.

“Estos dos antecedentes vician de nulidad el proceso pues violan el principio convencional de juzgador natural, probo e independiente, reconocido en la Convención Americana, al haber asumido la prosecución un pariente de un alto funcionario del Gobierno y al convertirse la parte demandante en juzgadora”, sostuvo.

FALLOS INCONVENCIONALES

Para el abogado Kristian Arrázola hay en este caso la aplicación de leyes inconvencionales en fallos también inconvencionales que autorizan el juzgamiento del opositor en rebeldía y el nombramiento de fiscales por el Ejecutivo, lo cual es rechazado por el sistema interamericano.

“El proceso estuvo empantanado mientras la Fiscalía no dependía del Gobierno, pero tras la aprobación de la Ley Corta que en abril de 2010 habilitó al Ejecutivo a hacer designaciones judiciales, el hasta entonces abogado del Gobierno en el juicio se convirtió en Fiscal de Distrito y dictó acusación contra el imputado”, explicó.

Según Arrázola no se busca precisión jurídica sino eficacia política puesto que el Gobierno sabe que sus actuaciones no aguantarían un auditaje constitucional o convencional, pero si le garantizan deshacerse de los opositores molestos.

“Para dictar su aprehensión y la continuación del juicio en rebeldía se ampararon en la ley de modificación del procesamiento penal Nro. 045 que abolió la presunción de inocencia violando seis convenciones que hacen al sistema garantista vigente”, agregó.

DATOS TÉCNICOS

En marzo de 2010, la Corte Superior de Distrito declaró inconstitucional el fallo de la juez de primera instancia que pretendía fijar arraigo al ex vocero y anuló el juicio. Pero el proceso fue reabierto una semana después aunque la juez enmendó su anterior resolución declarando improbados dos de los tres cargos presentados por el Ejecutivo. El Diario

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