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miércoles, 24 de febrero de 2010

la designación de magistrados por el Presidente y su posesión inédito en la historia. varios medios de comunicación del mundo entero ven en ello una concentración de poder

El jueves pasado, el presidente de Bolivia, Evo Morales, tomó juramento a 18 magistrados transitorios de la Corte Suprema (CS), del Tribunal Constitucional (TC) y del Consejo de la Judicatura (CJ), previamente designados a dedo por él, quienes ocuparán sus cargos hasta el 5 de diciembre cuando los cargos sean ocupados por magistrados electos mediante voto popular. Morales designó 5 magistrados en la CS, 10 en el TC (5 titulares y 5 suplentes) y 3 en el CJ, en virtud de las facultades que le otorgó la denominada “Ley Corta” (Ley de Transición de los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público), decretada por la Asamblea Legislativa, mediante la cual se le confiere la autoridad para designar a los magistrados provisionales. Los designados por Morales son 18 de los 26 magistrados del Poder Judicial: todos los magistrados del TC, 5 de los 12 magistrados de la CS y 3 de los 4 del CJ.


La juramentación de magistrados por el presidente Morales es un hecho inédito en Bolivia, toda vez que antes de que el jefe del Ejecutivo detentara este poder extraordinario, el Congreso seleccionaba y juramentaba a los magistrados.


Morales, como presidente de la república, controla el Poder Ejecutivo. Su partido tiene mayoría de dos tercios en la Asamblea Legislativa; además, Morales designó, a dedo, a todos los magistrados del TC, que interpreta la Constitución, a 5 de los 12 magistrados de la CS y a la mayoría de magistrados de CJ. Luego, la concentración de poder en Bolivia es clara, lo que va en detrimento de los ciudadanos, porque estos están sujetos a una voluntad omnímoda, la del Presidente de la República.


Se lesiona, por tanto, el principio de separación de poderes, que postula que, al quedar perfectamente enmarcado el campo de competencia de la actividad estatal, se asegura a los ciudadanos contra las acciones arbitrarias del poder estatal, porque este tiene que manifestarse a través de leyes, y estas tienen que emanar del órgano encargado de la función legislativa, y en caso de duda, otro órgano jurisdiccional determinará la norma que deba aplicarse.


Lo que ocurre en Bolivia no es casualidad, ya que en otros países (Nicaragua y Venezuela), vinculados a la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América (ALBA), al igual que Bolivia, también se busca suprimir el principio de separación de poderes.


Cuando veas las barbas de tu vecino cortar, pon las propias a remojar, dice el refrán. (El diario de Guatemala)

1 comentario:

Anónimo dijo...

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